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¿POR QUÉ NO SE FIRMAN MÁS CAPÍTULOS MATRIMONIALES?

Cada vez son más las jóvenes parejas, que, o bien impulsadas por sus propias familias o bien tratando de individualizar, y, por tanto, independizar sus respectivas aportaciones al Matrimonio, establecen un Régimen de Separación de Bienes.

Aunque cuantitativamente, y si lo estudiamos desde un punto de vista estadístico, son más numerosos los Matrimonios contraídos bajo el Régimen Económico de Gananciales, las estadísticas notariales de Capítulos se han incrementado en los últimos años.


Se sabe con certeza, que en los territorios con Derecho Común, es decir, en aquellos que no existen Especialidades Forales, y, por tanto, no tienen un Ordenamiento Jurídico Propio, no existe ni tradición ni costumbre de capitular.

La costumbre de los Capítulos tiene su origen en familias de corte agrario con fortunas más o menos regulares.

En las zonas urbanas, que sin duda hoy son la mayoría, el establecimiento de este tipo de Contratos, es actualmente mucho más habitual.


La admisibilidad desde hace muchos años de los Capítulos Post-Nupciales, concretamente desde el año 75, ha significado, sin duda, un incremento considerable del número de los mismos, pero las razones que los motivaban eran bien diferentes, ya que eran utilizados o bien como mecanismos de solución de Crisis Matrimoniales, o como Instrumentos de Prevención que evitasen la intrusión de riesgos financieros de la empresa en el Patrimonio Conyugal consolidado, cuando uno de los cónyuges es empresario o comerciante.


Pero centrándonos en el núcleo de este artículo, ¿Cuáles son las creencias o razones socioculturales que dificultan este tipo de Pactos?, podemos establecer varios tipos:

• Los prejuicios de tipo cultural, suelen ser uno de los grandes obstáculos, unido al desconocimiento de este tipo de Instrumento Jurídico y de sus posibles beneficios.

• La creencia errónea de que los mismos, solamente tienen una razón de ser como mecanismo favorable y que sólo es utilizable, cuando estamos hablando de grandes fortunas.

• Considerar a los Capítulos Pre-Nupciales, como un elemento de desconfianza de uno de los futuros contrayentes respecto del otro, introduciendo de este modo un elemento de hostilidad intrafamiliar.

• Pensar que la Sociedad de Gananciales es el único Régimen Jurídico existente, desconociendo que otras Comunidades Autónomas del territorio español, que tienen Derecho propio, como Cataluña, tienen como Régimen Ordinario el de Separación de Bienes, a no ser que se pacte lo contrario.

• Deducir de la existencia de los Capítulos una cierta desaprobación y desconfianza hacia el enlace matrimonial por una de las familias.

Si estás pensando que este Mecanismo Jurídico puede serte útil, el contar con el Asesoramiento Jurídico Especializado puede reportarte grandes beneficios de cara a clarificar y proteger tu Patrimonio, presente y futuro.



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