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abogados Zaragoza


¿SE PUEDE SUSPENDER EL DERECHO DE VISITAS A UN PADRE
QUE DESATIENDE EMOCIONALMENTE A SU HIJO?



El caso que te voy a contar a continuación, es el de dos padres que, se separaron, ya que, sus diferencias eran irreconciliables, y, en consecuencia, cada uno de los esposos dio un rumbo diferente a su vida.

Maria, hacia dos meses que se había quedado embarazada, cuando Juan dio por finalizada la relación, unos meses más tarde, nació su único hijo, a quien el padre conoció en uno de sus desplazamientos a la ciudad.

Ambos cónyuges tenían Profesiones diferentes, el destino geográfico y no sólo el emocional los había distanciado.

La nueva situación de Juan, que se encontraba a una distancia de 1000 Km, dificultó, aún más, si cabe, la incomunicación de ambos cónyuges.

Con el paso del tiempo, ambos establecieron su vida afectiva y económica con absoluta independencia, pero seguían sin separarse ni divorciarse.

El niño seguía creciendo, ya tenía 12 años, se había educado con Maria y en la práctica no conocía a su padre.

Un buen día María recibió una Demanda de Divorcio de Juan, en la que le solicitaba judicialmente un amplio Régimen de Visitas entre semana, además de las peticiones clásicas de vacaciones.

Maria enojada, responde a la Demanda, oponiéndose a este Régimen de Visitas, ya que, lo que teóricamente parece natural, en este caso no lo era.


¿Por qué?

Juan se había venido despreocupando de su hijo prácticamente desde que nació, hace más de 12 años, ahora residía en Zaragoza y se acordaba del mismo, pero hasta la fecha lo había desatendido tanto en el aspecto Emocional como en el Económico, ya que, nunca le había pasado Alimentos a la madre.


El Juez para intentar conocer la verdad, exploró al menor y extrajo las siguientes conclusiones:

• El padre nunca se había preocupado en llamar a su hijo, ni siquiera por Teléfono, y había desaparecido de su vida por decisión propia.

• Nunca le hizo un pequeño regalo por su cumpleaños, ni siquiera en fechas tan señaladas como el día de Reyes.

• Para finalizar, se despreocupó completamente, tanto de sus estudios como de la salud del Menor.


Por estos motivos, se generó una grave situación de desapego, podríamos decir de desarraigo, que creó en el menor una situación mental de orfandad, de ahi que, el hijo rechace volver a tener contacto con ese padre, a quién le reprocha su olvido inexcusable.


El Juez, mediante su Sentencia, deniega lo solicitado al olvidadizo padre, y le recuerda que no puede pretender aparecer de repente en la vida de su hijo, como si nada hubiera ocurrido después de doce años en estado de desaparecido.

Y si de verdad, es su sincera intención, el subsanar lo ocurrido, deberá empezar por recuperar su cariño, asumiendo sus errores, y entendiendo que su hijo será reticente a este hecho y que no querrá tener contacto con él.

Tal vez con pequeños detalles y participando en la educación del pequeño, pueda llegar a lograrlo.


Igualmente, el Juez recuerda al olvidadizo padre, que su hijo no es huérfano, y que debe intentar reandar el camino que no hizo hasta la fecha, y si, pasado un tiempo, con humildad y poniendo en práctica todas sus habilidades parentales, que deberá adquirir, logra cambiar la opinión del menor, siempre tendrá las puertas abiertas para volver a solicitar un nuevo Régimen de Visitas, ya que el solicitado, se le deniega.


Por tanto, si se produce un cambio de circunstancias favorables, se podrá volver a valorar la conveniencia de ese reencuentro paterno-filial, siempre que sea beneficioso para el menor.


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